Víctimas de Crímenes

Visas para Víctimas de Crímenes

Abogados de inmigración que atienden a clientes en todo el país


Si ha sido víctima de un determinado delito, puede ser elegible para una visa U. El gobierno de los Estados Unidos puede otorgar el estatus de no inmigrante U a hasta 10,000 ciudadanos extranjeros que hayan sido víctimas de ciertos delitos. La visa U no está disponible para todas las víctimas de delitos. Es importante hablar con un abogado con experiencia para averiguar si los delitos de los que usted fue víctima alcanzan la gravedad requerida por la ley. Además, la elegibilidad para la visa U puede depender de la práctica de la policía local.


Una lista actual de delitos que califican para una visa U incluye:

  • Secuestro
  • Incesto
  • Agresión sexual/Contacto sexual abusivo/Explotación sexual/Violación
  • Servidumbre involuntaria
  • Chantaje
  • Secuestro/Detención ilegal/Rehenes/Restricción criminal ilegal
  • Trata de esclavos/Trata de personas/Prostitución/Mutilación genital femenina
  • Homicidio sin premeditación/Asesinato
  • Acoso
  • Extorsión
  • Tortura
  • Perjurio
  • Peonaje
  • Manipulación de testigos
  • Agresión criminal
  • Fraude en la contratación de mano de obra extranjera
  • Otros delitos relacionados

Un delito que no se menciona específicamente arriba aún puede calificar. Por lo tanto, incluso si no ve el delito del que fue víctima en la lista anterior, es invaluable que un abogado con experiencia en visas U de Charlotte evalúe su caso para determinar su elegibilidad. También debe haber sufrido abuso físico o mental sustancial. La víctima también debe haber ayudado o es probable que ayude a las fuerzas del orden público en la investigación/procesamiento del delito.


Si califica para una visa U, su cónyuge e hijos pueden solicitar el estatus derivado. Un padre o un hermano soltero menor de 18 años también puede solicitar el estatus derivado si la víctima principal es menor de 21 años.


La abogada Ashley Lively puede evaluar si usted es elegible para una visa U y trabajar con la policía local para obtener la documentación necesaria para enviar su solicitud de visa U con USCIS.


Para obtener más información sobre cómo podemos ayudar, llame a Lively Law Firm al 980-222-0078 hoy.


E Pluribus Unum “De Muchos, Uno”

Obtenga una consulta de caso gratis

Nuestras evaluaciones iniciales son siempre gratuitas. Contáctenos en línea o llámenos al 980-222-0078 para programar su cita.

Guía gratuita de la corte de inmigración

¡Complete el formulario para obtener su copia gratuita de nuestra guía de la corte de inmigración!

Pague en línea

¡Pague su factura en línea con seguridad! Servicios disponibles en inglés y en español.

Víctimas de la Trata de Personas

Hay visas disponibles para las víctimas de la trata de personas. Estas visas se conocen como visas T. El Congreso de los Estados Unidos puede otorgar hasta 5,000 visas T cada año. Para obtener este beneficio, las víctimas deben ayudar a las fuerzas del orden público en la investigación o enjuiciamiento del delito. Puede ser elegible para una visa T si ha sido víctima de “tráfico grave”, que incluye el uso de la fuerza, el fraude o la coerción para el tráfico sexual o la servidumbre involuntaria, la servidumbre por deudas o la esclavitud. A menudo, los ciudadanos extranjeros comienzan su viaje a los Estados Unidos por sus propios medios y las circunstancias a lo largo del viaje pueden resultar en su elegibilidad para una visa T.


Si cree que califica para una visa T, es importante consultar con un abogado con experiencia para discutir sus opciones.


Una vez que un ciudadano extranjero ha recibido su visa T, es posible solicitar su estatus de residente permanente legal (LPR) si se cumplen las siguientes condiciones:


    Estar físicamente presente en los Estados Unidos por un período continuo de al menos 3 años desde la primera fecha de admisión como no inmigrante T-1.
  • Está presente físicamente en los Estados Unidos durante un período continuo durante la investigación o el enjuiciamiento de actos de rastreo, y el Fiscal General ha determinado que la investigación o el enjuiciamiento están completos, el período de tiempo que sea menor
  • Ha sido una persona de buen carácter moral desde que fue admitido como no inmigrante T-1 y hasta la decisión en su Formulario I-485
  • Ha cumplido con cualquier solicitud razonable de asistencia en la investigación o enjuiciamiento de actos de tráfico desde que fue admitido por primera vez como no inmigrante T-1 y hasta que se tomó una decisión en su Se elabora el Formulario I-485.
  • Sufriría dificultades extremas que involucran daños severos e inusuales al ser expulsado de los Estados Unidos. Es admisible en los Estados Unidos como residente permanente.


La abogada Ashley E. Lively entiende que está pasando por un momento difícil y puede aconsejarle si es elegible para una visa T. Ella puede ayudarlo a preparar y presentar su solicitud de visa T con USCIS.

Póngase en contacto con nuestro abogado de visas T de Charlotte hoy para comenzar el proceso.

Lo Que Nuestros Clientes Tienen Que Decir

Leer más reseñas
Share by: